Jueves 28/3/2024

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Fecha de la newsletter: 03-04-2017

Reclamación de la carrera profesional interinos de larga duración

El Tribunal Supremo ha reconocido el derecho de los “interinos de larga duración”, aquellos que han prestado servicios de manera consecutiva durante más de cinco años en el mismo puesto, a percibir el complemento retributivo de carrera profesional.

Ante ello, desde las asesorías del Colegio de Enfermería se va a formular para todos aquellos colegiados interesados la reclamación correspondiente, inicialmente para los interinos de larga duración, sin perjuicio de examinar otras situaciones en las que se encuentren los colegiados.

Hemos de aclarar que ninguna de las sentencias favorables existentes sobre esta materia afecta directamente al personal estatutario, puesto que en el procedimiento se recurría un decreto de función pública por no contemplar al personal interino, lo que no se hizo contra el Decreto de carrera profesional del personal estatutario, si bien entendemos que los argumentos que se contienen en ambas sentencias ayudarán a que se estimen las demandas de carrera profesional del personal estatutario interino.

Pasos a seguir:

- Pueden reclamar la inclusión en el sistema de carrera profesional aquellos enfermeros que tengan un nombramiento de interinidad con una duración superior a cinco años, solicitándose que se les encuadre en el grado que corresponda en función del total de años de servicios prestados.

- Para ello, deben completar la solicitud que adjuntamos e imprimir dos copias, firmarlas y presentarlas en la oficina de personal, registro o similar del Departamento de Salud al que pertenezcan o en su caso en su propio centro de trabajo.

- Una vez presentadas, la copia sellada que devolverán con la fecha de presentación, deben traerla o enviarla al Colegio de Enfermería junto con la documentación siguiente:

- Copia de nombramiento de interinidad y toma de posesión.

- Certificado de servicios prestados actualizado.

- Última nómina.

- DNI.

Así mismo, en el momento que tengan respuesta de la Administración, positiva o negativa, deben hacerla llegar al Colegio de Enfermería para continuar con la tramitación correspondiente.

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