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Fecha de la newsletter: 10-10-2013

Vinalopó Salud firma un Acuerdo de carrera profesional para el personal de Enfermería de la empresa

El CECOVA, satisfecho por que se dignifique la labor profesional de las enfermeras de la empresa

Vinalopó Salud, empresa responsable de la gestión de la atención sanitaria pública prestada en el Departamento de Salud de Elche-Crevillent mediante la fórmula de concesión administrativa, y los representantes sindicales de CC.OO., CEMSATSE  y USAE han firmado el Acuerdo de carrera y desarrollo profesional para los trabajadores de la citada empresa, en general, y para el personal de Enfermería en particular. Dos sindicatos, en concreto, CSIF y UGT no se han adherido al acuerdo por disconformidad sobre algunas cuestiones del mismo.

Desde el Colegio mostramos nuestra satisfacción por que se dignifique la labor profesional de las enfermeras de la empresa Vinalopó Salud mediante el reconocimiento de su desarrollo profesional a través de la implantación del sistema de carrera profesional.

Cabe recordar que Vinalopó Salud es una empresa privada que gestiona un Departamento de Salud público, el Departamento de Salud de Elche-Crevillent, que atiende a los habitantes de parte de la ciudad de Elche, Crevillent, Aspe, Hondón de las Nieves, Hondón de los Frailes y Barbarroja.

Este acuerdo esta amparado legalmente en la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias que establece en su artículo 38.2 lo siguiente: “Los centros sanitarios privados en los que existan profesionales sanitarios que presten servicios por cuenta ajena establecerán, en la medida en que lo permita la capacidad de cada centro, procedimientos para el reconocimiento del desarrollo profesional y la carrera de los mismos, que se adecuarán a los criterios fijados en este título…”.

El acuerdo firmado dispone que tanto la Carrera Profesional como el Desarrollo Profesional sean un derecho individual de los profesionales de Vinalopó Salud que permite a la empresa guiar, evaluar y reconocer el proceso de crecimiento profesional y el impacto en la organización de los profesionales, en el ejercicio de su función asistencial integral. Este derecho de Carrera Profesional comportará un incremento retributivo para las enfermeras de Vinalopó Salud por la implantación del nuevo concepto salarial de Carrera Profesional. 

El personal de Enfermería de Vinalopó Salud tendrá acceso a la Carrera Profesional como profesión sanitaria titulada regulada en la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias. Las profesiones no incluidas en la Ley señalada anteriormente tendrán, en la mayoría de los casos, acceso al sistema de Desarrollo Profesional que guarda importantes similitudes con la Carrera Profesional.

En cuanto al ámbito temporal cabe señalar que el sistema de Carrera Profesional iniciará su vigencia el 1 de enero de 2014, pero se posponen sus efectos económicos para el 1 de enero de 2015. Durante el año 2014 la empresa determinará el grado de carrera profesional de las enfermeras de Vinalopó Salud tras una primera evaluación.

Las características más destacadas del sistema de carrera profesional de Vinalopó Salud son las siguientes:

- La carrera profesional es de carácter ascendente e irreversible y se estructura en cuatro grados más un grado inicial o de acceso.

- Para progresar al grado superior será necesario, además de un período mínimo de permanencia en el grado de origen, obtener un número mínimo de créditos en el conjunto de las tres áreas de evaluación implantadas.

- Los períodos mínimos de permanencia en el grado para poder progresar serán los siguientes:

- Grado 0: 5 años

- Grado 1 (Adjunto): 5 años

- Grado 2 (Experto): 6 años

- Grado 3 (Referente): 6 años

- Grado 4 (Consultor)

 

• Las tres áreas de evaluación en el sistema de Carrera Profesional son:

- Objetivos Asistenciales de Calidad.

- Objetivos de Compromiso con la Organización.

- Objetivos de Gestión del Conocimiento.

 

- Con el sistema de evaluación periódica que comporta la carrera profesional se persigue la diferenciación de los profesionales, incentivando una mejora de la atención sanitaria prestada a la población.

 

- Serán valorados para la inclusión y progresión en el sistema de carrera profesional los servicios prestados en la misma categoría y en la empresa Vinalopó Salud. Los servicios prestados en otras instituciones del Sistema Nacional de Salud, incluyendo otras concesiones administrativas, se tendrán en cuenta para generar efectos económicos a partir del 1 de enero de 2016.

 

- El concepto salarial de Carrera Profesional se retribuirá en doce mensualidades y se pagará de forma progresiva de tal forma que:

- A partir de enero de 2015 se abonará el 25% de la carrera profesional.

- A partir de enero de 2016 se abonará el 40% de la carrera profesional.

- A partir de enero de 2017 se abonará el 60% de la carrera profesional.

- A partir de enero de 2018 se abonará el 75% de la carrera profesional.

- A partir de enero de 2019 se abonará el 100% de la carrera profesional.

 

- Las cuantías económicas anuales de Carrera Profesional establecidas para el personal de Enfermería, en función de cada grado de carrera profesional para el año 2015, son las siguientes:

- Grado 1: 2.025 euros

- Grado 2: 4.050 euros

- Grado 3: 6.225 euros

- Grado 4: 8.300 euros

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