Martes 19/3/2024

Procedimiento de actuación

Cuando surja cualquier hecho que motive o pueda motivar la exigencia de Responsabilidad Civil, el asegurado deberá:

  1. Contactar de inmediato con la Asesoría Jurídica de su Colegio de Enfermería cuando en su puesto de trabajo haya ocurrido cualquier hecho que crea que pueda dar lugar a una denuncia por parte del usuario. Hay que tener en cuenta que no siempre se denuncia en el momento.

  2. Facilitará sus datos y número de colegiado, así como la información de los hechos acaecidos y personas implicadas. Así como todos aquellos datos que le sean requeridos por el abogado.

  3. En caso de citación judicial, no se debe acudir a ninguna declaración, aunque sea como testigo, sin abogado. Un abogado que será facilitado por la compañía con la que se tiene suscrito el seguro, ya que esta no se responsabiliza de ningún procedimiento en el que no actúen los letrados designados por A.M.A. El colegiado no puede elegir el abogado que desee.

  4. La importancia de acudir acompañado del abogado facilitado por la compañía tiene que ver con el hecho de que aunque se le haya citado a prestar declaración como testigo se puede salir de la misma en calidad de imputado.

Entidades colaboradoras del Colegio de Enfermería de Alicante