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Fecha de la newsletter: 22-05-2014

Marina Salud y los representantes de sus trabajadores firman el I Convenio Colectivo

La Dirección de Marina Salud y los representantes sindicales han firmado el primer Convenio Colectivo para los empleados de la citada empresa; convenio que establece un nuevo marco laboral para los trabajadores de Marina Salud que mejora el Estatuto de los Trabajadores que era la única norma que se aplicaba hasta su firma.

Marina Salud es la empresa responsable de la gestión de la atención sanitaria pública prestada en el Departamento de Salud de la Marina Alta de Alicante mediante la fórmula de concesión administrativa consistente en que una empresa privada asume la gestión de un Departamento de Salud público.

El mencionado Convenio permanecerá vigente durante 2014 y 2015 y entre aquellas cuestiones contempladas en él que afectan al personal de Enfermería destacar que:

- La empresa se compromete a mantener un 85% de plantilla con contrato indefinido.

- Se establecen las bases para que durante 2014 se constituya la Comisión de regulación de la carrera profesional y promoción profesional debiendo estar vigente la misma el 1 de enero de 2015.

- La jornada anual ordinaria efectiva de trabajo para 2014 será de 1.768 horas para los trabajadores con jornada diurna y de 1.693 horas para los que tengan turno rodado nocturno.

- El personal de Enfermería que realice atención continuada tendrá una de trabajo de 1.847 horas.    

- En 2014 se reconocen cuatro días de libre disposición.  

- Las noches de los días 24 y 31 de diciembre se retribuyen con el doble del importe establecido para el complemento de festividad.

- Los días 25 de diciembre, 1 y 6 de enero están considerados como festivos especiales y se retribuirán con el doble del complemento de festividad.

- Los enfermeros que realicen atención continuada en los días 24, 25 y 31 de diciembre y 1 y 6 de enero, percibirán por este concepto un 100% adicional.

- Se establece una ayuda de 50 euros mensuales para los trabajadores con hijos menores de 3 años que estén matriculados en una guardería.

- Las vacaciones anuales tendrán una duración de un mes ó 30 días naturales si se fraccionan en dos periodos como máximo teniendo garantizados hasta quince días naturales ininterrumpidos entre el 1 de junio a 30 de septiembre.

- El convenio incluye una relación de permisos, reducciones de jornada y excedencias que puede disfrutar la plantilla en general, y el personal de enfermería en particular, con la finalidad de facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar.

- Se regula la protección a las víctimas por violencia de género así como la prevención del acoso por razón de sexo, ofreciendo condiciones de trabajo especiales para garantizar la total indemnidad de las afectadas en el centro de trabajo. 

- Se permite la participación de los trabajadores en proyectos de cooperación y ayuda humanitaria regulando una excedencia con reserva del puesto de trabajo.

Entidades colaboradoras del Colegio de Enfermería de Alicante