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Fecha de la newsletter: 15-11-2013

Real Decreto 870/2013: Una razón más para decir NO al curso de prescripción enfermera

Reproducimos a continuación un artículo del presidente del CECOVA, José Antonio Ávila, sobre el curso de prescripción enfermera con el que se quiere habilitar a las enfermeras a prescribir medicamentos y productos farmacéuticos NO sujetos a prescripción médica:

 

El Consejo de Ministros ha dado una razón más para seguir rechazando el curso de prescripción enfermera con el que se quiere habilitar a las enfermeras a prescribir medicamentos y productos farmacéuticos NO sujetos a prescripción médica. Acaba de aprobar el Real Decreto 870/2013, de 8 de noviembre, que viene a regular la venta legal al público, realizada a distancia, de medicamentos de uso humano elaborados industrialmente no sujetos a prescripción médica, a través de sitios web de oficinas de farmacia, una práctica que ha aumentado en los últimos años, incrementándose con ello las denuncias e investigaciones de sitios web fraudulentos.

Para garantizar la seguridad de este tipo de transacciones on-line, el Real Decreto incorpora a la legislación española las disposiciones de la Directiva 2011/62/EU, aprobada por la Unión Europea en junio de 2011, con el objetivo principal de proteger a los pacientes de la amenaza que representa la entrada de medicamentos falsificados en la cadena de distribución legal.

El Real Decreto aprobado pone de manifiesto el despropósito que supone obligar a las enfermeras españolas a realizar 180 horas de formación adicional para “prescribir” medicamentos y productos farmacéuticos NO sujetos a prescripción médica, tal y como se recoge en el Pacto firmado entre el Ministerio de Sanidad y la Mesa Estatal de la Profesión Enfermera.

Si a cualquier persona que compre este tipo de productos, bien directamente en la farmacia o bien lo adquiera por procedimientos telemáticos, no se les va a exigir ningún tipo de formación, ¿por qué se quiere obligar a las enfermeras a realizar un curso para prescribir lo mismo? Los defensores del curso de marras podrán argumentar que los profesionales enfermeros deben saber los efectos de estos medicamentos en el organismo humano para poder realizar una adecuada y segura prescripción, cuestión en la que estoy totalmente de acuerdo; ahora bien, en lo que disiento profundamente es en querer obviar que esos conocimientos los adquieren las enfermeras durante su etapa formativa universitaria, donde cuentan con una asignatura específica al respecto.

Además no es una nueva competencia profesional, sino una competencia que las enfermeras vienen desarrollando en su trabajo asistencial diario. Negar lo contrario es negar la calidad de nuestros planes de estudios y negar la experiencia profesional como valor intrínseco de la práctica clínica enfermera, amén de negar la autonomía científica y técnica que nos confiere la LOPS, y que curiosamente tanto se defiende en todos los foros por los partidarios del curso para prescribir.

Por otro lado, habría que preguntarse qué han hecho mal las enfermeras respecto de los podólogos para que teniendo ambos la misma duración universitaria en los estudios de Grado y misma carga lectiva en Farmacología (6 créditos), a ellos se les autorice a prescribir dentro de su área de competencia todo tipo de medicamentos y productos farmacéuticos y a las enfermeras para poder prescribir aquello que se puede adquirir libre y directamente en farmacia o por Internet se las pretenda obligar a la formación adicional señalada. Sinceramente, no encuentro ningún motivo para ello y se me acaban los calificativos para esta situación de humillación profesional.

José Antonio Ávila Olivares

Presidente del Consejo de Enfermería de la Comunitat Valenciana (CECOVA)

Entidades colaboradoras del Colegio de Enfermería de Alicante